Con el objetivo de resguardar sus hogares durante las vacaciones, muchas personas optan por colocar sistemas de videovigilancia en sus propiedades. Sin embargo, una colocación inadecuada de estos dispositivos puede derivar en sanciones económicas que superan los 100 mil pesos mexicanos (hasta 6 mil euros) debido a infracciones sobre la privacidad de terceros.
De acuerdo con las normativas supervisadas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), amparadas en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), la instalación de estos aparatos en casas particulares está sujeta a límites legales estrictos.
Monto de las sanciones y espacios autorizados
Las multas aplicadas por el organismo regulador suelen ir de los 3 mil euros (aproximadamente 59 mil pesos mexicanos) en casos leves, hasta los 6 mil euros (más de 100 mil pesos mexicanos) cuando las faltas revisten mayor gravedad.
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La regulación establece categóricamente que las cámaras particulares solo deben captar el interior de la vivienda, así como accesos exclusivos, patios, jardines o terrazas privadas. La captación de la vía pública, zonas comunitarias de vecinos o propiedades adyacentes vulnera el derecho a la imagen y la intimidad de terceros, motivo por el cual la autoridad sanciona de manera directa a los propietarios.
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