La normativa sobre bienestar animal cobró una relevancia fundamental desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Ley 7/2023, referente a la protección de los derechos y el bienestar de los animales. Este marco legal tiene como propósito central erradicar la crueldad, garantizando una tutela efectiva, respeto integral y un trato digno hacia los ejemplares de compañía y las especies silvestres mantenidas en cautiverio.
Dentro de sus apartados más relevantes, el artículo 25 de la legislación delimita una serie de restricciones estrictas orientadas a salvaguardar la integridad física y psicológica de los ejemplares. La normativa prohíbe de forma tajante su utilización en espectáculos públicos, ferias, campañas publicitarias o actividades turísticas que les provoquen sufrimiento, dolor o angustia innecesaria.
Catálogo de actividades prohibidas y restricciones
La normativa detalla de manera puntual las conductas tipificadas como faltas graves o atentados contra la fauna doméstica y cautiva. Entre las principales prohibiciones destacan:
- Maltrato físico o abandono: Agredir a los animales, someterlos a negligencia o abandonarlos intencionadamente en espacios abiertos, cerrados o en el medio natural.
- Herramientas e inmovilización forzada: Emplear métodos invasivos lesivos o artilugios diseñados para limitar o anular su movilidad fijándolos en un punto, salvo indicación médica expresa.
- Explotación laboral y comercial: Someterlos a trabajos excesivos, usarlos como reclamo ambulante, premios, rifas, recompensas o promociones comerciales.
- Peleas y adiestramiento agresivo: Utilizarlos en peleas organizadas o entrenarlos con la finalidad de propiciar agresiones contra personas u otras especies.
- Espectáculos circenses y de feria: Explotar animales de fauna silvestre en circos o incorporar mascotas en carruseles y atracciones mecánicas.
Asimismo, la regulación prohíbe dejar ejemplares sueltos o en condiciones de generar afectaciones en cañadas, reservas protegidas o parques nacionales donde puedan dañar al ganado, a la población o a los ecosistemas locales.
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Escala de multas y sanciones económicas millonarias
El régimen sancionador se clasifica rigurosamente en tres niveles de gravedad administrativa. Las infracciones de carácter leve pueden sancionarse con montos que van desde los 500 hasta los 10,000 euros, contemplando descuidos menores sin lesiones permanentes.
Para las faltas de carácter grave, las multas estipuladas oscilan entre los 10,001 y los 50,000 euros. En tanto, las conductas tipificadas como muy graves —entre las que figuran el maltrato severo, las peleas y la muerte provocada— alcanzan sanciones económicas que van de los 50,001 hasta los 200,000 euros, cifra equivalente a aproximadamente 4 millones de pesos mexicanos al tipo de cambio actual.
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