El Consulado de México en Tucson emitió una alerta informativa dirigida a connacionales y conductores que transitan por dicha ciudad del estado de Arizona, advirtiendo sobre la aplicación estricta de una normativa vial que sanciona a quienes lleven objetos colgados del espejo retrovisor del automóvil.
La disposición prohíbe el uso de rosarios, aromatizantes, dijes, cordones o adornos suspendidos en la zona central del parabrisas, con el fin de evitar distracciones al volante y eliminar los puntos ciegos ocasionados por accesorios decorativos.
Motivos de la medida y sanciones económicas
De acuerdo con las autoridades viales de la localidad fronteriza:
- Objetivo de seguridad: La regla busca reducir accidentes de tránsito al garantizar que el conductor cuente con un campo visual frontal completamente despejado de objetos oscilantes.
- Costos de las infracciones: Quienes incumplan esta restricción pueden ser acreedores a multas que van de los 20 hasta los 100 dólares, dependiendo de la reincidencia y del criterio del tribunal de tránsito correspondiente.
- Amonestaciones: En caso de tratarse de una primera falta, el oficial de vialidad puede emitir una advertencia formal conminando al automovilista a retirar el adorno del vehículo.
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¿Esta regla aplica en México?
Respecto al marco legal en territorio nacional, el panorama opera de la siguiente manera:
- Sin prohibición expresa por adornos: Por el momento, en México no existe una multa específica y generalizada por colgar un rosario o un aromatizante en el retrovisor.
- Recomendaciones de tránsito: No obstante, los diferentes reglamentos de movilidad estatales y municipales contemplan lineamientos que recomiendan no colocar objetos o pegatinas en el parabrisas que impidan, entorpezcan o limiten la visibilidad clara del camino y de los peatones.













